El Modelo 347 es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas. Los empresarios y profesionales están obligados a la presentación del Modelo 347 siempre que hayan realizado operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural, computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.
La declaración del Modelo 347 es de carácter obligatorio y se presenta en el mes de febrero del ejercicio siguiente a aquel a que se refiere las operaciones con terceros que se incluyen. Por tanto, tendremos desde el 1 de Enero hasta el 28 de Febrero de 2019 para presentar este impuesto fiscal.
En la declaración del Modelo 347 se desglosará la información sobre estas operaciones de forma trimestral. A tales efectos, se computarán de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios. Para cada trimestre, contaremos con un importe de compras o ventas, cabe la posibilidad que el importe de las operaciones trimestrales sea inferior a 3.005,06 euros. El volumen de operaciones trimestral se contabilizará según los criterios de contabilización de la Ley del IVA. Como norma general, la fecha del devengo del impuesto será la fecha que debemos considerar para considerar un trimestre u otro.
Fuente: AEAT, Rankia; El Economista.
Esperamos os sirva de utilidad.
Buen fin de semana!!!!